El Tribunal de Impugnación de Río Negro confirmó las condenas por la muerte de Gabriel Mandagaray, ocurrida en 2021 durante un curso de entrenamiento del COER en Bahía Creek. La decisión se dio luego de una revisión solicitada por el Superior Tribunal de Justicia, que había anulado fallos anteriores y pidió un análisis integral de todos los planteos defensivos. Según el fallo, los policías actuaron con negligencia y abuso de autoridad, generando riesgos que derivaron en la tragedia. La sentencia ratifica la responsabilidad penal de Alejandro Gabriel Gattoni, Alfredo Roberto Nahuelcheo, Maximiliano Ariel Vitali Méndez y Marcelo Ariel Contreras, destacando el rol central de Gattoni como coordinador del curso.
Durante el entrenamiento, los participantes fueron sometidos a condiciones extremas, con escasa alimentación e hidratación y bajo factores climáticos adversos. El tribunal subrayó que uno de los momentos más críticos ocurrió cuando se obligó a un grupo a ingresar al mar con uniforme, armas y cargando un tronco, pese a que uno de ellos había advertido que no sabía nadar. La falta de intervención oportuna de los instructores y coordinadores se considera un factor determinante en la cadena de negligencias que culminó en la muerte de Mandagaray, evidenciando un abuso de autoridad y exposición a riesgos no permitidos.
El fallo detalló que el entrenamiento combinó exigencias físicas extremas con tratos que atentaron contra la dignidad de los cursantes. Los instructores excedieron su autoridad y obligaron a los participantes a realizar actividades que incrementaban el riesgo de manera innecesaria. Además, la falta de descanso y la escasa alimentación evidenciaron un patrón de abuso sistemático, que el tribunal calificó como grave. La sentencia aclara que estas conductas no se limitaron a un solo episodio, sino que constituyeron un conjunto de irregularidades que derivaron en la muerte del joven y en malos tratos hacia otros cursantes.
Alejandro Gabriel Gattoni, responsable del curso, no solo ideó y proyectó el entrenamiento, sino que también supervisó directamente las actividades. Aunque su defensa intentó minimizar su papel a funciones administrativas, el tribunal concluyó que tenía la obligación de intervenir para garantizar la seguridad y evitar riesgos. La falta de acción oportuna de Gattoni y de los otros instructores fue clave para que se produjera la tragedia, consolidando su responsabilidad penal en los delitos de homicidio culposo y abuso de autoridad.
El Tribunal de Impugnación confirmó las condenas de los acusados y ratificó que Marcelo Contreras recibiera tres años de prisión condicional e inhabilitación para ejercer funciones policiales. Más allá de la sanción individual, el fallo advierte sobre el impacto institucional del caso y critica prácticas utilizadas en la formación policial. Señala que los entrenamientos deben garantizar la seguridad y la dignidad de quienes participan y que cualquier conducta abusiva debe ser erradicada de forma inmediata.