La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar que obliga al Poder Ejecutivo a aplicar la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. Con esta decisión, el Gobierno deberá avanzar en la actualización de salarios para docentes y no docentes, recomponer becas estudiantiles y adecuar partidas presupuestarias para el sistema universitario público.
El tribunal rechazó la apelación presentada por el Estado nacional y cuestionó con dureza varios de sus argumentos, al considerar que eran “poco serios”. Además, sostuvo que el impacto fiscal de la medida es acotado y que no compromete de manera sustancial el interés público. Por el contrario, remarcó que lo que está en juego es un derecho constitucional clave: el acceso a la educación superior.
La resolución ratifica que el Poder Ejecutivo debe cumplir con los artículos 5 y 6 de la ley 27.795. En concreto, la cautelar dispone la actualización de los salarios de docentes y no docentes de universidades públicas por el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y la sanción de la norma, ocurrida en septiembre de 2025.
La ley, publicada en el Boletín Oficial el 21 de octubre de 2025, tiene como objetivo garantizar la protección y el sostenimiento del financiamiento de la educación universitaria pública en todo el país. En ese marco, también establece que el Poder Ejecutivo debe definir las partidas presupuestarias correspondientes al programa de Desarrollo de la Educación Superior.
Según el alcance del fallo, la actualización salarial no podrá ser inferior a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC durante el período señalado. El incremento deberá hacerse efectivo al mes siguiente de la publicación de la ley.
Además, la Cámara recordó que todo aumento debe ser remunerativo y bonificable. También indicó que durante este año deben incorporarse al salario básico las sumas no remunerativas y no bonificables. A eso se suma otra obligación para el Ejecutivo: convocar a negociación paritaria en el mes siguiente a la sanción de la ley.
Otro de los puntos centrales de la resolución judicial es la recomposición de los programas de becas del estudiantado. La Cámara ordenó actualizar beneficios como Progresar, Manuel Belgrano, Enfermería y otros programas, tomando como referencia la variación acumulada del IPC desde el 10 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley.
El fallo también contempla un aumento progresivo en la cantidad de estudiantes beneficiarios, en línea con la matrícula de las instituciones públicas de nivel superior y secundario.
En materia presupuestaria, la resolución señala que el Poder Ejecutivo deberá adecuar las partidas para actualizar, al 1 de enero de 2025, el presupuesto de las universidades públicas. El objetivo, según el fallo, es asegurar la continuidad y la eficiencia de los servicios educativos sin afectar la coparticipación federal ni los aportes del Tesoro nacional.