Declaran injustificado el despido de un trabajador de Viedma tras 15 años
09:08 |La Cámara del Trabajo determinó que la empresa no acreditó una causa suficiente para la desvinculación y ordenó indemnizar al empleado.
Un trabajador de Viedma que se desempeñó durante casi 15 años en una estación de servicio fue despedido tras un episodio de malestar físico en su jornada laboral. El caso fue analizado por la Cámara del Trabajo local, que declaró injustificada la decisión empresarial.
Según consta en el expediente, la relación laboral comenzó en el sector de minimercado, donde el empleado cumplía funciones como cajero y en cocina, y luego pasó al área de playa, manteniendo su antigüedad. Durante ese tiempo, no registró sanciones disciplinarias.
El episodio que derivó en el despido
El conflicto se originó cuando el trabajador sufrió una baja de presión durante su turno. De acuerdo con su versión, se retiró momentáneamente a un sector interno para recuperarse mientras otros compañeros cubrían sus tareas.
Al día siguiente, la empresa solicitó explicaciones formales y, pocos días después, comunicó la desvinculación. Como argumento, señaló incumplimientos reiterados en los horarios de ingreso y egreso, además de una supuesta inactividad prolongada durante la jornada en cuestión.
Las pruebas y el análisis judicial
Durante el proceso, la Cámara del Trabajo evaluó distintas pruebas, entre ellas una pericia informática que confirmó la autenticidad de los registros digitales, aunque advirtió que el sistema permitía modificaciones manuales. Este punto fue considerado relevante, especialmente porque la empresa no habilitó un acceso completo para responder observaciones técnicas.
Las declaraciones testimoniales también presentaron diferencias. Mientras testigos del trabajador destacaron la ausencia de sanciones a lo largo del vínculo, quienes declararon por la empresa señalaron irregularidades en los horarios y cuestionaron su conducta en la jornada del incidente.
El fallo: falta de proporcionalidad y despido injustificado
El tribunal concluyó que los incumplimientos horarios no habían sido sancionados en su momento, lo que impedía su utilización posterior como fundamento para el despido. Además, observó que no se activaron protocolos médicos durante el episodio de salud, pese a contar con servicios disponibles.
La sentencia también advirtió que algunos argumentos de la empresa surgieron recién en etapas posteriores del proceso y no formaron parte de la comunicación inicial de despido, lo que limitó su valoración.
En ese marco, la Cámara evaluó la proporcionalidad de la medida según la Ley de Contrato de Trabajo y determinó que la conducta atribuida no revestía la gravedad necesaria para justificar la ruptura del vínculo laboral. Finalmente, hizo lugar a la demanda, declaró injustificado el despido y ordenó el pago de las indemnizaciones correspondientes.