17/04/2025 - Edición Nº2325

Viedma

El gobierno fijó el nuevo monto del Salario Mínimo, Vital y Móvil

La decisión fue comunicada a través de la Resolución 13/2024, publicada este viernes en el Boletín Oficial, donde además se establecieron los aumentos que el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) tendrá hasta octubre.



Como resultado del caído acuerdo entre las cámaras empresarias y sindicatos en la reunión del Consejo del Salario Mínimo Vital y Móvil, la semana pasada, el Gobierno volvió a fijar el nuevo piso salarial vía decreto. Según se conoció la publicación oficial hoy, será de $254.231,91 a partir del 1 de julio, por lo que se cobrará el próximo mes.

 

La decisión fue comunicada a través de la Resolución 13/2024, publicada este viernes en el Boletín Oficial, donde además se establecieron los aumentos que el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) tendrá hasta octubre.

 

A partir del 1° de Julio: quedó en $254.231,91 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo. Mientras que la hora para los trabajadores jornalizados será de $1.271,16). A partir del 1° de Agosto: $262.432,93 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada completa  y $1.312,16 la hora, para los trabajadores jornalizados.

 

A partir del 1° de Septiembre: para trabajadores mensualizados de jornada completa $268.056,50 y $1.340,28 por hora para los trabajadores jornalizados. A partir del 1° de Octubre: será de $ 271.571,22 para todos los trabajadores mensualizados por jornada legal completa de trabajo y de $1.357,86 por hora, para los trabajadores jornalizados.

 

Asimimo, la resolución  estableció que la Prestación por Desempleo, tanto para los trabajadores convencionados o no convencionados, será "equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo”.

 

Y remarcó que “en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”.

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