
El Ministerio de Economía confirmó que, a partir del 1° de abril, el recargo correspondiente al Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas será del 6% sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST). Esta medida se publicó hoy en el Boletín Oficial mediante la resolución 356/2025.
La normativa afecta tanto a los volúmenes comercializados como al autoconsumo, y el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) tendrá la responsabilidad de ajustar los procedimientos de facturación para que las distribuidoras trasladen correctamente el recargo a las tarifas finales.
La decisión se toma en el marco de la reestructuración de los subsidios energéticos que está llevando a cabo el Gobierno nacional, dentro del contexto de emergencia energética y económica declarado por los decretos 55/23, 70/23 y 1023/24. El objetivo del Poder Ejecutivo es avanzar hacia un esquema de subsidios focalizados, que reemplace al sistema generalizado financiado históricamente con aportes del Tesoro Nacional.
Según la resolución, el Fondo Fiduciario fue creado por la ley 25.565 y ampliado por las leyes 25.725 y 27.637, permitiendo la aplicación de un recargo de hasta 7,5% sobre el precio del gas natural en el PIST. El nuevo valor del recargo se definió tras una proyección económico-financiera realizada por la Dirección Nacional de Economía y Regulación, que estimó una mayor necesidad de fondos para sostener el régimen de compensaciones del Fondo, basado en el nuevo esquema de tarifas y precios establecidos por la Secretaría de Energía.
Además, la norma instruye a las comercializadoras a aplicar y trasladar el recargo en su exacta incidencia sobre el precio de compra del gas en el PIST. En el caso del autoconsumo, se deberá calcular el monto a ingresar de acuerdo al volumen consumido, el precio promedio ponderado de ventas de la empresa y la alícuota del 6%. La resolución lleva la firma del ministro de Economía, Luis Caputo.