07/10/2026 - Edición Nº2863

Viedma

movilidad urbana

Monopatines eléctricos en Viedma: las nuevas reglas que ya rigen para circular

La nueva ordenanza establece casco obligatorio, velocidad máxima de 30 km/h, seguro contra terceros y tolerancia cero de alcohol. Los usuarios tendrán 60 días de difusión y concientización antes de la aplicación plena del régimen.


por Redacción


La circulación de monopatines eléctricos y otros Vehículos de Movilidad Personal (VMP) ya tiene nuevas reglas en Viedma. La ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante entró en vigencia y establece requisitos de seguridad, límites de circulación, condiciones para conducir y un régimen específico de infracciones.

Sin embargo, los cambios no implican una etapa inmediata de multas generalizadas. La propia normativa establece un período de 60 días corridos de difusión y concientización, durante el cual la autoridad de aplicación deberá informar a los usuarios sobre las nuevas obligaciones.

Entre las principales exigencias aparecen el uso obligatorio de casco homologado o certificado, una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora, sistema de frenos eficaz, luces delanteras y traseras, dispositivo sonoro y una base de apoyo para los pies.
 

Monopatines eléctricos: dónde se puede circular en Viedma

Los VMP podrán circular por calles, avenidas y otras vías públicas urbanas que sean habilitadas por la autoridad de aplicación. La normativa establece, en cambio, restricciones claras para determinados sectores.

Está prohibido circular por veredas y espacios exclusivos para peatones, así como por rutas nacionales y provinciales. La Agencia Local de Seguridad Vial también podrá establecer otras vías en las que no estará permitida la circulación.

Cada vehículo podrá transportar solamente a una persona. No se permite llevar pasajeros ni animales y el conductor deberá mantener ambas manos sobre el manubrio, salvo en las maniobras contempladas por las normas de tránsito.

También queda prohibido utilizar teléfonos celulares, auriculares u otros dispositivos que puedan reducir la atención mientras se conduce.

La edad mínima para manejar un VMP será de 16 años. Cuando las infracciones sean cometidas por menores, la ordenanza establece responsabilidad solidaria para padres, tutores, curadores o responsables legales.



 

Casco obligatorio, alcohol cero y seguro contra terceros

La normativa establece tolerancia cero de alcohol para quienes conduzcan monopatines eléctricos y otros vehículos alcanzados por la regulación. También queda prohibido manejar bajo los efectos de sustancias estupefacientes o psicoactivas.

Los conductores deberán someterse a los controles que disponga la autoridad competente.

Otro requisito será contar con un seguro de responsabilidad civil frente a terceros, de acuerdo con las condiciones y plazos que establezca la reglamentación.

En cuanto a la licencia, los usuarios no necesitarán contar con registro de conducir. Sin embargo, deberán llevar y exhibir su DNI y la documentación que determine la reglamentación cuando sea requerida.

La ordenanza también crea un Registro Municipal de Vehículos de Movilidad Personal. La inscripción será voluntaria y apunta principalmente a facilitar la identificación de los vehículos y prevenir robos y hurtos.
 

Dónde estacionar los monopatines y qué infracciones pueden generar multas

El estacionamiento también quedó regulado. Los VMP deberán dejarse en espacios específicamente habilitados o, cuando estos no existan, en lugares donde no obstaculicen el paso peatonal y permitan mantener un espacio libre mínimo de 1,20 metros.

La normativa prohíbe estacionarlos sobre sendas peatonales, rampas para personas con discapacidad, ciclovías, paradas de colectivos, carriles exclusivos, accesos vehiculares o peatonales, esquinas y ochavas, espacios verdes y sectores destinados a carga y descarga, entre otros lugares.

El nuevo régimen incorpora infracciones específicas al sistema municipal de faltas. Entre ellas figuran circular sin casco, superar los 30 km/h, utilizar vehículos sin frenos o luces reglamentarias, circular por sectores prohibidos, transportar pasajeros o animales, utilizar dispositivos que afecten la atención, conducir con alcohol en sangre o hacerlo sin seguro vigente.

En determinadas infracciones consideradas de riesgo grave para la seguridad vial, la autoridad podrá disponer además la retención preventiva del vehículo.

La nueva regulación busca ordenar un tipo de movilidad que ya forma parte del tránsito cotidiano de Viedma y establecer reglas comunes para conductores, peatones y otros vehículos. Ahora comienza un período de adaptación: el Ejecutivo municipal tendrá 90 días para reglamentar la ordenanza, mientras que durante los primeros 60 días deberá priorizarse la difusión y concientización sobre las nuevas obligaciones.